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jueves, 20 de junio de 2013

NOTICIA DE ADVERTENCIA
CUIDADO CON QUIEN PIDE DINERO EN NOMBRE DE LA PAH
LAS PAHS NO COBRAMOS!!


Sacar tajada de los desahucios
La PAH alerta del aumento de casos de falsos bufetes que se ofrecen para ayudar a familias desesperadas y las timan 
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Asilbekyan, armenia de 43 años, estafada por un falso bufete. / Albert garcia
“Evite la pérdida de su vivienda, evite la subasta el próximo día tal, por parte de tal entidad. No lo dude, llame al teléfono tal”. Gayane Asilbekyan recibió esta carta en marzo de 2011, firmada por el departamento jurídico financiero de un bufete que se hace llamar Xarxa Catalana de Defensa Jurídica. En el centro del folio, una señal de STOP, como el logotipo de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), pero sin la casita en la parte inferior.

Asilbekyan, armenia de 43 años que vive con seis familiares —entre ellos dos niños—, picó. Pagó 1.800 euros “en concepto de estudio, gestión y defensa a la ejecución hipotecaria número 1575/10 del juzgado de primera instancia número 23 de Barcelona”. Xarxa Catalana se comprometía “a la devolución de las cantidades entregadas si no se llevase a cabo y a buen fin las gestiones”. La carta-recibo la firmaba Martí Domingo. Especificaba un DNI, pero no un número de colegiado.
La carta-recibo la firmaba Martí Domingo. Especificaba un DNI, pero no un número de colegiado

Han pasado dos años y Asibekyan lleva dos intentos de desahucio. El segundo, el pasado lunes, lo paró con la ayuda de la PAH. Y al supuesto abogado, tras pagarle los 1.800 euros, no ha vuelto a verle. Llama o acude al despacho de la Diagonal de Barcelona y una secretaria le responde que está reunido. O en el despacho de Girona. “Pagas y desaparece”, resume la afectada. La misma secretaria del despacho se niega a facilitar el número de colegiado de Domingo. El Consejo de la Abogacía Catalana ha consultado en las bases de datos de los 83 colegios españoles y no existe un letrado con este DNI. EL PAÍS ha intentado contactar con él por teléfono y correo electrónico, sin respuesta.

El caso de esta armenia que llegó hace 17 años huyendo de la posguerra en su país, no es único. Hay decenas de casos, asegura la portavoz de la PAH, Ada Colau: “Son supuestos abogados que consultan los listados públicos de los juzgados, anotan las direcciones de las subastas pendientes y hacen buzoneo a las familias”.
Una de las cuestiones que le dio confianza a Asibekyan fue recibir la carta justo el día después de la notificación del juzgado de que había sido denunciada por Bankia. “Pensé: ‘si tienen tantos datos, es que son gente fuerte”, explica. Llamó y le dieron cita. Le impresionó el “lujo del despacho, la vestimenta y los buenos modales de Martí Domingo”. Le entregó todos los documentos de su casa: hipoteca, escritura, correspondencia con el banco… “Originales y copias. Él me decía: ‘tú no te preocupes que si no ganamos, los 1.800 están garantizados”, dice.
Tras un año de silencio del abogado, el piso había sido subastado y el juzgado había enviado “siete notificaciones” que ella no recibió
Domingo le propuso que le hiciera un “poder notarial”. Así se encargarían de todo. Y ella confió de nuevo. “Al cabo de un año le pregunté cómo estaba el tema y me dijo que tranquila”. Pero pocos días después, una comisión judicial en su casa. El piso había sido subastado y el juzgado había enviado “siete notificaciones” que ella no recibió. Tras el segundo intento de desahucio, la angustia de la familia de Gayane no ha finalizado. “Si no hubiera confiado en él, hubiera pagado la deuda poco a poco, o hubiera negociado un alquiler”, concluye entre sollozos.

La familia se endeudó en 2002 por 500.000 euros por su vivienda y una tienda en los bajos en el paseo Valldaura (Nou Barris). Según ella, solo le faltaban por pagar 24.000, aunque con los intereses de demora el banco le reclama 200.000.
El presidente del Consejo de la Abogacía Catalana, Miquel Sámper, “condena” estas actuaciones: “Supone engañar y estafar a gente que está en situación de vulnerabilidad y, además, por el intrusismo de quienes dicen que son abogados y no lo son”.
  

viernes, 7 de junio de 2013



RTVE.es 01.06.2013

A partir de este sábado 1 de junio, todo inmueble en España que se quiera vender o alquilar durante más de 4 meses deberá disponer del Certificado de Eficiencia Energética, siendo el propietario el responsable de aportarlo. De no hacerlo, se enfrenta a multas entre 300 y 6000 euros. La norma también afecta a locales comerciales y a la renovación de los arrendamientos.
Sin esa etiqueta energética, que hay que poner a disposición de compradores o arrendadores, una vivienda no se puede ni siquiera anunciar.
Para conseguirla, el propietario tiene que elegir a un técnico autorizado -como un aparejador, arquitecto o ingeniero- que debe examinar la casa: desde las ventanas a la calefacción, pasando por la refrigeración o la producción de agua caliente.
No hay tarifas oficiales de cuánto cuesta, por eso internet se ha llenado de empresas que dan presupuestos muy dispares. El precio para un piso de 90 metros cuadrados puede rondar los 200 euros o los 250 euros, por lo que se recomienda comparar precios.

Cómo se evalúa y para qué

El certificado evalúa la eficiencia energética del inmueble y le otorga una calificación en una letra que variará de la A a la G, siendo A la más eficiente y G la menos, un sistema parecido al de los electrodomésticos de siete escalas. Además de la información objetiva sobre sus características energéticas, el certificado deberá incluir recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética del inmueble.
Con una validez de 10 años, permite al comprador o arrendatario saber cuánta energía gasta una vivienda antes de alquilarla o comprarla. El objetivo de la medida es fomentar el ahorro y la eficiencia, así como que se pueda valorar y comparar los edificios, con el fin de favorecer la promoción de aquellos que tengan alta eficiencia y las inversiones en ahorro de energía.

Multas de 300 a 6.000 euros

Para los que no cumplan la norma hay un régimen de sanciones. Dependiendo del tipo de infracción, cada comunidad autónoma tendrá un registro oficial y podrá sancionar al propietario que no tenga la etiqueta energética: de 300 a 6.000 euros en caso de fraude.
El listado de sanciones, introducido por el PP tras aprobarse el Real Decreto el pasado 5 de abril, contempla multas que van desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.
Así, se entenderá por falta leve el no mencionar el certificado en la oferta de la vivienda o incumplir la normativa relativa a su renovación; será grave cuando no se presente el certificado ante la comunidad autónoma para que quede registrado o cuando no se entregue al comprador o al inquilino; y, finalmente, se considerará muy grave no contar con el certificado o haber falseado información para obtenerlo.
No obstante, la enmienda contempla también sanciones superiores a los 6.000 euros "en los casos en que el beneficio que el infractor haya obtenido por la comisión de la infracción fuese superior al importe de las sanciones en cada caso señaladas", en cuyo caso "la sanción se impondrá por un importe equivalente al del beneficio así obtenido".

Características y recomendaciones

Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, un documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios.
Como herramienta para facilitar la obtención de estos certificados, el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDEA) ha elaborado los programas informáticos CE3 y CE3X, ambos publicados como documentos reconocidos a disposición de los técnicos certificadores.
Además, el IDEA se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para formar a los técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas CE3 y CE3X.
La obligatoriedad de la etiqueta se aprobó en abril, cuando se publicó en el BOE el real decreto (ver PDF) en el que se fijó esta obligatoriedad, días después de que el Gobierno anunciara un paquete de medidas en materia de vivienda. Es necesaria porque hay que adaptar a la normativa española a una ley europea que ya se aplica en otros países como Francia o Reino Unido.
La normativa ya existe en España para los edificios de nueva construccióndesde el RD 47/2007 del 19 de enero, con lo cual lo que se hace es ampliarla a todos los casos.