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martes, 28 de febrero de 2012

EN CASO DE EJECUCION VIA EXTRAJUDICIAL LOS BANCOS NO PODRAN ADJUDICARSE EL PISO POR MENOS DEL 60%

Una nueva pequeña gran victoria. La denuncia y la presión ejercida por la PAH fuerzan cambios en el proceso extrajudicial. Los bancos ya no podrán adjudicarse viviendas por 1 euro.

Publicado por afectadosporlahipoteca en 27 febrero 2012
En el último trimestre de 2011 empezaron a acudir a las asambleas de la PAH personas a las que las entidades financieras reclamaban el impago de su hipoteca a través del llamado procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, que se lleva a cabo ante notario.
En enero denunciamos públicamente el aumento en el uso de dicho procedimiento, mucho más perverso que el judicial por ser más rápido (tres meses de media), por provocar indefensión absoluta (la persona afectada no tiene derecho a justicia gratuita) y por permitir, a diferencia de lo que sucede en la ejecución judicial, que la entidad financiera se pueda adjudicar en la tercera subasta la vivienda por cualquier valor, es decir, a partir de 1 euro, quedando a la persona o familia afectada la totalidad de la deuda de por vida.
El 26 de enero varios miembros y simpatizantes de la PAH asistimos a la tercera subasta de la vivienda de Duffay Lozano en una notaría de Viladecans. El notario consintió que la entidad financiera se adjudicara la vivienda por el 35% del valor de tasación.
Tras la subasta, desde la PAH denunciamos lo sucedido y advertimos de la necesidad urgente de modificar el Reglamento Hipotecario; expusimos, además, que no permitiríamos la impunidad de esos atropellos y que adoptaríamos las medidas necesarias para forzar la liquidación de unas deudas ilegítimas. Paralelamente solicitamos una reunión con el Decano del Colegio de Notarios de Catalunya.
Diversos medios de comunicación se hicieron eco de la denuncia y como consecuencia de la misma y debido a la alarma social creada logramos que el mismo día de la subasta, el 26 de enero, la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Catalunya efectuara un comunicado oficial por el que interpelaba a todos los Notarios de Catalunya a impedir la adjudicación por un valor inferior al 60% del valor del tasación, cuestionando así la legalidad y constitucionalidad del artículo 236 del Reglamento Hipotecario que no fija ningún tipo para este tipo de casos.
En una reunión mantenida con el Decano y el Vicedecano del Colegio de Notarios de Catalunya solicitamos más: Debían comunicar el criterio de la Junta al resto de Colegios Notariales para que también lo aplicasen en el resto del Estado y que instaran al gobierno a cambiar la legislación de manera urgente para poner límite a la actuación abusiva de las entidades financieras que en beneficio propio estaban utilizando este tipo de procedimientos notariales dejando en la más absoluta indefensión al deudor.
Pues bien, hoy el Consejo General del Notariado ha dado el paso y ha informado que tampoco permitirá ejecuciones hipotecarias que fijen tipos menores al 60%. Pero no basta con dichos comunicados. Es preciso que se modifique urgentemente el Reglamento Hipotecario para que contemple el porcentaje mínimo del 60%. El poder legislativo debe adoptar las medidas tendentes a acabar de cuajo con esta ilegalidad y plasmar en el Reglamento Hipotecario lo que la sociedad y desde la PAH pedimos a gritos: su reforma.
De sobras es conocido que la PAH no se conforma con el límite del 60%, que uno de nuestros objetivos es conseguir que se regule la dación en pago retroactiva; sin embargo, somos conscientes de que la denuncia y el control ejercido por la PAH evitará que los bancos puedan seguir arrebatando las viviendas por tan solo 1 euro . Una salvajada. Un saqueo intolerable.
Una nueva pequeña gran victoria que nos vuelve a recordar que sí se puede. Y es que cada vez estamos más cerca de nuestros objetivos. Cada vez estamos más convencidos de conseguirlos. No desistiremos hasta que la dación en pago retroactiva, la moratoria de los desahucios por motivos económicos y el alquiler social sean una realidad.
Nota: Como todavía no está por ley, podría pasar que algún notario se negara a aplicar las recomendaciones de la circular emitida por el colegio de notarios. En ese caso es importante hacer entrega en el acto de subasta del presente escrito que os adjuntamos y que lo recoja en el acta de la subasta ( escrito para ejecuciones extrajudiciales ante notario ).